miércoles, 22 de agosto de 2012


QUE IRONÍA MÁS GRANDE PARA EL MAGISTERIO PERUANO

NUEVO PROYECTO DIGNIFICA CARRERA MAGISTERIAL"
¿Por qué es necesaria una nueva ley para el magisterio?
-Porque en los hechos, a partir de la Ley de Carrera Pública Magisterial del año 2007, se han establecido dos regímenes laborales distintos para los profesores al servicio del Estado. Los profesores en ambos regímenes desempeñan las mismas funciones, pero tienen diferentes remuneraciones, derechos y obligaciones. Estas diferencias vienen generando divisiones y conflictos entre maestros y afectando el clima institucional en las escuelas públicas.

La Ley de Carrera Pública estableció una estrategia de incorporación progresiva, voluntaria y costosa de los profesores de la Ley del Profesorado a la Ley de Carrera pública. Luego de cinco convocatorias de concurso, entre los años 2009 y 2011, solo 25 mil docentes de la Ley del Profesorado (20%) han migrado a la nueva ley, cuando la meta prevista era incorporar a 95 mil docentes.

— ¿Cuáles serán los efectos inmediatos de esta nueva ley?
a) Todos los profesores – sin excepción- se incorporarán a un solo régimen laboral.

b) Se establece la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) como concepto central en todos los niveles de desarrollo magisterial de la carrera.

c) Se incrementan las remuneraciones para todos, luego de siete años de estar congeladas para los docentes que están en la Ley del Profesorado.

d) Se establecen tres jornadas de trabajo, de 24, 30 y 40 horas, restableciendo la jornada de 30 horas para los docentes de Educación Inicial.

e) El horizonte de desarrollo profesional se extiende a ocho niveles de desarrollo magisterial y, por tanto, ofrece mayores oportunidades de ascenso durante la vida laboral activa del profesorado.

f) Se inicia el ordenamiento y la simplificación de los conceptos de pago en dos grandes rubros: la RIM y las asignaciones.

g) Se revaloran las principales actividades de la docencia haciéndolas explícitas en la RIM:

— Planificación anual
— Preparación de clases
— Desarrollo de clases
— Evaluación de aprendizajes
— Actividades extracurriculares
— Coordinación con padres y comunidad

h) Se establecen nuevas áreas de desempeño laboral, además de la gestión pedagógica e institucional, para reconocer el trabajo de formación de pares y la innovación pedagógica.

i) Se accede a cargos – únicamente por concurso público- y se permanece en ellos hasta tres años, periodo que puede ser ampliado previa evaluación. Solo en el caso del Director de UGEL la evaluación será anual y excepcionalmente en periodos menores.

j) Se agregan nuevos cargos de alta responsabilidad como Director(a) de UGEL, Director(a) de Gestión Pedagógica, Especialista; a los que acceden únicamente profesores de la carrera pública magisterial, previo concurso público.

Fuente: Proyecto de Ley de Reforma Magisterial

— ¿Los nuevos conceptos remunerativos se aplicarán de inmediato?
-En un primer tramo –coincidente con la vigencia de la Ley- se efectivizará el pago de la nueva RIM a todos los docentes. Si el proyecto de ley se aprueba este año, está previsto pagar este primer tramo.

En un segundo tramo – vigente desde el 1ª de enero de 2014- se pagarán las nuevas asignaciones, cuyo monto será determinado por el Ministerio de Educación.

Esto significa que desde la vigencia de la ley hasta el 31 de diciembre de 2013 todos los profesores incrementarán su RIM y seguirán percibiendo sus actuales asignaciones. Estas últimas serán modificadas a inicios de 2014.

Elaboración: DREL. Estimado aproximativo con 24 horas; si aumentan las horas aumentan las asignaciones.

— ¿Cuánto ganará todo profesor(a) que se inicia en la carrera pública de esta nueva ley?
-El Ministerio de Educación ha elaborado una nueva estructura salarial que incrementa la RIM según nivel de desarrollo magisterial. Esta estructura salarial se conocerá cuando el proyecto ingrese a debate en el Congreso de la República. Ahora presentamos una aproximación relativa.

El proyecto de ley, sin embargo, establece el porcentaje de incremento en las remuneraciones cuando se asciende de un nivel de desarrollo magisterial a otro.

— ¿Cuáles son las asignaciones adicionales contempladas en la nueva ley, además de la RIM?
Las asignaciones son temporales y se otorgan por tres conceptos fundamentales:

- Ejercicio de cargos de responsabilidad en las diferentes áreas de desempeño laboral: directivos, especialistas, capacitadores y jerárquicos.

- Ubicación de la institución educativa: ámbito rural y de frontera.

- Característica de la institución educativa: unidocente, multigrado o bilingüe.

Son asignaciones acumulables y se otorgan por el periodo que el profesor desempeñe de manera efectiva el cargo.

Corresponderá al Ministerio de Educación establecer los montos y criterios técnicos para su otorgamiento, tomando como base la jornada laboral de 40 horas pedagógicas.

— Además de las asignaciones, ¿qué bonificaciones contempla el proyecto de ley?
-Una de ellas es el subsidio por luto y sepelio. A diferencia de disposiciones anteriores, el proyecto de ley de Reforma Magisterial contempla un monto único para el profesor, independientemente del nivel de desarrollo magisterial y cargo que de-sempeña.

Otro beneficio es la compensación por tiempo de servicios, que se otorga al trabajador al momento de cesar. El proyecto de Ley de Reforma Magisterial establece que por cada año o fracción de seis meses el profesor recibirá 14% de su RIM, incrementándose sustantivamente el monto que se viene percibiendo en la actualidad.


— ¿El incremento salarial que se recibirá es automático o se tiene que subir de nivel de desarrollo magisterial?
-Todos los profesores sin excepción recibirán, automáticamente y de manera inmediata, un aumento salarial al ubicarse en el nivel de desarrollo magisterial correspondiente.

Además, en el caso de los profesores de la Ley del Profesorado, quienes logren reubicarse luego de una evaluación, en los niveles de desarrollo magisterial II al VI, recibirán la remuneración correspondiente al nivel al que se desplacen.

— ¿Hay estabilidad laboral en esta nueva ley?
-Definitivamente. La Ley de Reforma Magisterial reconoce la estabilidad laboral en el servicio, así como las causales para el cese en el mismo; causales ya contempladas en la Ley del Profesorado y la Ley de Carrera Pública y retomada por la Ley de Reforma Magisterial; es un resultado insatisfactorio en la evaluación de desempeño laboral, luego de tres oportunidades consecutivas.

Esta evaluación del desempeño laboral, que se basa en el Marco de Buen Desempeño Docente, es obligatoria. Los profesores que no aprueben en la primera oportunidad, reciben una capacitación destinada al fortalecimiento de sus capacidades pedagógicas. Luego de esta capacitación, participan en una primera evaluación extraordinaria. En caso no la aprobaran, nuevamente son sujetos de capacitación. Si desaprueban esta segunda capacitación extraordinaria, recién son retirados de la carrera. Entre cada evaluación no pueden transcurrir más de 12 meses.

— ¿Las evaluaciones son obligatorias?
-La evaluación de ascenso es voluntaria. La evaluación de desempeño es obligatoria y se hará cada tres años. Es decir, el docente puede decidir quedarse en el nivel, pero tiene que someterse a la evaluación de desempeño.


LA HUELGA CONTINUA

Con la consigna de  "Ni un paso atrás, la huelga continua" , los maestros de las diferentes bases de la Región Junín, junto a los maestros de la Región Huancavelica y de los distritos de Lima, se hace mas contundente la medida de lucha por la reivindicación de los maestro del Perú, esta noche desde la ciudad de Tarma, mas de 50 maestros se dirigen a la ciudad de Lima, para de esa manera fortaleces la lucha junto a los demás maestros que se encuentran ya en la ciudad capital, Fuerza maestros que seguirán llegando mas contingencias y de esa manera hacer sentir a los congresistas que el proyecto de ley educativa en debate, no tiene ninguna garantía para mantener la estabilidad laboral del magisterio nacional.

De la misma manera se felicita con palmas clasistas la iniciativa de maestros contratados, que en la ciudad de Huancayo formaron un frente de lucha, para plegarse a la huelga indifinida sin miedo a perder su trabajo, el FUDOC "Frente Único de Docentes Contratados del Perú" 

"EL SUTEP ES UNO SOLO Y NADIE LO DIVIDE"

"EL SUTEP EN LAS CALLES CONQUISTAN SUS DERECHOS"

http://www.facebook.com/sutep.tarma